¿Cómo constituir un Centro de Mediación?
"A continuación les dejo el camino a seguir para constituir un Centro de Mediación ante la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC.). Cabe aclarar que explico en base a la experiencia obtenida en la conformación de tres Centros Privados: Centro de Mediación Paz y Hermandad de Wiwilí, Jinotega; Centro de Mediación Paz y Hermandad de Wiwilí, Nueva Segovia y Centro de Mediación Tu Mano Amiga de Quilalí, Nueva Segovia. ". Así que comencemos: Como mínimo un Centro de Mediación debe iniciar con un personal de tres miembros: Un Director Ejecutivo, Un Mediador capacitado con las 40 horas impartidas por la DIRAC y una secretaria. Ademas se debe contar con las instalaciones necesarias donde funcionará el centro. Es decir, una sala de mediación de 4 mts. x 4mts., o sea de 16 Mts2 (mínimo) y una sala (no hay límite en las dimensiones) de espera. En la sala de mediación se debe contar con una mesa redonda (indispensable) y sus sillas. Una computadora con su impresora y papel para el levantamiento de las actas. Una sala de espera con sillas y un escritorio. Se debe manejar un archivador para los expedientes conformados. También se debe contar con un Baner o Rótulo para publicitar el centro. Bueno, esto es lo mínimo y necesario para aventurarse en el mundo de la Mediación. Claro, se debe elegir un nombre para el centro y también se debe trabajar el Reglamento y el Código de Ética. Así como el logo del mismo. Teniendo lo anterior se presenta la solicitud de aperturar del centro de mediación ante la DIRAC., a la cual se le debe anexar lo siguiente: a) El Reglamento, b) El Código de Ética, c) Un organigrama del centro, d) Un detalle de la infraestructura, e) Una Tabla de Aranceles, f) Se debe adjuntar Hoja de Vida del Director Ejecutivo, g) Hoja de Vida del Mediador (copia del Certificado de las 40 Hrs.), h) Hoja de Vida de la Secretaria. Si se es abogado se presenta copia del carnet. La copia de la cédula no debe faltar. La solicitud con los anexos tienen que ir encolochados con su respectiva copia. Recibidos los documentos la DIRAC notificara vía e-mail o por teléfono la fecha en que enviará a realizar la inspección al centro para cerciorarse si se cumplen con los requisitos. Si se reúnen los requisitos entonces el centro será aprobado. Para lo cual se le asignará un número perpetuo en virtud de la resolución correspondiente. Ya con la resolución se tiene que dar a hacer el sello, detallando en éste el número perpetuo asignado y el nombre del Centro. Luego se tienen que sellar los siguientes documentos: a) El Reglamento, b) El Código de Ética, c) La Tabla de Aranceles y d) La Resolución. Estos cuatro documentos se deben llevar nuevamente a la DIRAC para que sean debidamente sellados para posteriormente publicarlos en la Gaceta. Les recomiendo reducir el tamaño de la letra para no pagar mucho en la Gaceta. De las publicaciones en la Gaceta se debe enviar una copia a la DIRAC para demostrar que se cumplió con la publicación. En cuanto a la secretaria del centro es un requisito exigido. Pero en la práctica es el Director o el mediador que funge como tal. Así que a continuación dejo todos los modelos utilizados en dicho procedimiento".
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